Información Útil

En diciembre del 2005 se dictaron nuevas medidas para beneficiar al trabajador doméstico quien podrá obtener cobertura de salud y su jubilación, y al dador de trabajo ya que podrá deducir como gasto en el Impuesto a las Ganancias lo abonado al trabajador doméstico como retribución por su trabajo y las contribuciones a la seguridad social.

Con motivo de las publicaciones de la Ley 26.063 y de la Resolución General 1978/2005 AFIP emitió un informe en su página web mediante el cual explica cuáles son los pasos a seguir para blanquear al personal doméstico y de qué se trata este régimen.


Blanqueo: cómo hacerlo paso a paso 

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Para dar comienzo al trámite el trabajador debe tener número de CUIL (Código Unico de Identificación Laboral).Si la empleada no posee CUIL, deberá concurrir a la ANSES con DNI para gestionarlo. El CUIL se obtiene, en el acto.

 
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También los empleados de servicio doméstico extranjeros que no posean DNI pueden obtener un CUIL provisorio en ANSeS, con el certificado extendido por la Dirección Nacional de Migraciones.

 
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El empleador deberá presentar el Formulario 102 (Nuevo Modelo) de la AFIP, que está disponible en las agencias y por internet www.afip.gov.ar los montos de los aportes y contribuciones correspondientes (se hace los días 10 del mes siguiente) y pagar en los bancos habilitados o en Pago Fácil, Rapipago y Bapropagos, estos importes (medidos en horas trabajadas).

 
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El F. 102 fue reformulado para que sirva además como recibo de cobro del personal de servicio doméstico –quien firma el volante-; y comprobante para el dador de trabajo -quien entrega el duplicado del volante al trabajador doméstico-.

 
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El banco entrega un ticket para el empleador y otro para la empleada. Con la constancia de pago que le entrega el empleador, el trabajador deberá concurrir directamente a afiliarse a la obra social habilitada para empleados del servicio doméstico

El dador de trabajo deberá conservar los tiques (original y fotocopia) del pago mensual de los aportes y contribuciones y el recibo que acredite el importe abonado en concepto de retribución mensual al trabajador del servicio doméstico.


Cobertura de Obra social

Para obtener la obra social el empleado doméstico deberá acercarse con el comprobante del pago de los $59.44 a alguna de las siguientes obras sociales:

bullet Personal Auxiliar de Casas Particulares
bullet Construcción
bullet Edificios de Renta
bullet Seguridad Privada.

El personal doméstico tiene asegurada su cobertura médica desde el mismo día que hace el primer pago a la seguridad social. De este modo accede a los servicios incluidos en el Programa Médico Obligatorio.

Si el trabajador abona $22.22 más a los ya mencionados $59.44, el grupo familiar hijos y familiares a cargo, también puede obtener la cobertura de la obra social.


Confección del Volante F. 102 Nuevo Modelo

A continuación se detallará el paso a paso para confeccionar el volante de pago:

  1. Completar el CUIL del trabajador y el mes correspondiente
  2. Rubro I: Marcar con una X en la casilla las horas trabajadas semanalmente y consignar el monto que corresponda en “Importe de la obligación mensual”.
  3. Rubro II: Pago de intereses resarcitorios, por ingresos posteriores a la fecha de vencimiento general (día 10 del mes siguiente).
  4. Recibo de pago: Consignar los siguientes datos:
bullet CUIT/CUIL del dador de trabajo
bullet Apellido y nombre del dador de trabajo 
bullet Domicilio donde se desempeña el trabajador 
bullet Monto de la retribución 
bullet Número de comprobante del pago efectuado, según lo informado en el Rubro 
bullet Firma del dador de trabajo y del trabajador

Como constancia del ingreso efectuado, el dador de trabajo debe entregar al trabajador el recibo firmado


Obtenga aquí el Formulario 102

 

Formulario 575

Este es un Formulario de uso para el trabajador del servicio doméstico, ya que con él puede realizar pagos voluntarios en distintos casos:

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Para acceder a la jubilación, el depósito necesario es de $35.  Si el pago por el F. 102 no llega a esa cifra, se paga la diferencia con el F.575.
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Para acceder a la prestación de salud, el importe mínimo es de $20. Si el pago del empleado por el F. 102 no llega a esa cifra, se paga la diferencia con el F. 575.
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Para acceder a la prestación de salud para todo el grupo familiar primario, se debe abonar un aporte adicional de $20 mediante el F. 575. 

Obtenga aquí el Formulario 575


 

Para más información envíe un mensaje a info@empleadosdomesticos.com.ar con preguntas o comentarios.
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Última modificación: 26 de Julio de 2007