Información Útil
En diciembre del 2005 se dictaron nuevas medidas para beneficiar al
trabajador doméstico quien podrá obtener cobertura de salud y su
jubilación, y al dador de trabajo ya que podrá deducir como gasto en el Impuesto
a las Ganancias lo abonado al trabajador doméstico como retribución por su
trabajo y las contribuciones a la seguridad social.
Con motivo de las publicaciones de la Ley 26.063 y de la Resolución General
1978/2005 AFIP emitió un informe en su página web mediante el cual
explica cuáles son los pasos a seguir para blanquear al personal doméstico y de
qué se trata este régimen.
Blanqueo: cómo hacerlo paso a paso
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Para dar comienzo al trámite el trabajador debe tener número de
CUIL (Código Unico de Identificación Laboral).Si la empleada no posee
CUIL, deberá concurrir a la ANSES con DNI para gestionarlo. El CUIL se
obtiene, en el acto.
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También los empleados de servicio doméstico extranjeros que no posean DNI
pueden obtener un CUIL provisorio en ANSeS, con el certificado extendido por
la Dirección Nacional de Migraciones.
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El empleador deberá presentar el Formulario 102 (Nuevo Modelo) de
la AFIP, que está disponible en las agencias y por internet
www.afip.gov.ar los montos de los aportes y contribuciones
correspondientes (se hace los días 10 del mes siguiente) y pagar en los bancos
habilitados o en Pago Fácil, Rapipago y Bapropagos, estos importes (medidos en
horas trabajadas).
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El F. 102 fue reformulado para que sirva además como recibo de cobro del
personal de servicio doméstico –quien firma el volante-; y comprobante para el
dador de trabajo -quien entrega el duplicado del volante al trabajador
doméstico-.
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El banco entrega un ticket para el empleador y otro para
la empleada. Con la constancia de pago que le entrega el empleador, el
trabajador deberá concurrir directamente a afiliarse a la obra social
habilitada para empleados del servicio doméstico
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El dador de trabajo deberá conservar los tiques (original y fotocopia) del
pago mensual de los aportes y contribuciones y el recibo que acredite el importe
abonado en concepto de retribución mensual al trabajador del servicio doméstico.
Cobertura de Obra social
Para obtener la obra social el empleado doméstico deberá
acercarse con el comprobante del pago de los $59.44 a alguna de las
siguientes obras sociales:
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Personal Auxiliar de Casas Particulares |
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Construcción |
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Edificios de Renta |
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Seguridad Privada. |
El personal doméstico tiene asegurada su cobertura médica desde el
mismo día que hace el primer pago a la seguridad social. De este modo
accede a los servicios incluidos en el Programa Médico Obligatorio.
Si el trabajador abona $22.22 más a los ya mencionados $59.44, el grupo familiar
hijos y familiares a cargo, también puede obtener la cobertura de la obra
social.
Confección del Volante F. 102 Nuevo Modelo
A continuación se detallará el paso a paso para
confeccionar el volante de pago:
- Completar el CUIL del trabajador y el mes correspondiente
- Rubro I: Marcar con una X en la casilla las horas trabajadas semanalmente
y consignar el monto que corresponda en “Importe de la obligación mensual”.
- Rubro II: Pago de intereses resarcitorios, por ingresos posteriores a la
fecha de vencimiento general (día 10 del mes siguiente).
- Recibo de pago: Consignar los siguientes datos:
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CUIT/CUIL del dador de trabajo |
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Apellido y nombre del dador de trabajo |
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Domicilio donde se desempeña el trabajador |
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Monto de la retribución |
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Número de comprobante del pago efectuado, según lo informado en el
Rubro |
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Firma del dador de trabajo y del trabajador |
Como constancia del ingreso efectuado, el dador de trabajo debe
entregar al trabajador el recibo firmado
Obtenga aquí el Formulario 102
Formulario 575
Este es un Formulario de uso para el trabajador del servicio
doméstico, ya que con él puede realizar pagos voluntarios en
distintos casos:
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Para acceder a la jubilación, el depósito necesario es de $35. Si el pago
por el F. 102 no llega a esa cifra, se paga la diferencia con el F.575.
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Para acceder a la prestación de salud, el importe mínimo es de $20. Si el
pago del empleado por el F. 102 no llega a esa cifra, se paga la diferencia
con el F. 575.
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Para acceder a la prestación de salud para todo el grupo familiar primario,
se debe abonar un aporte adicional de $20 mediante el F. 575.
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Obtenga aquí el
Formulario 575
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